La ejecución de una garantía es uno de los procedimientos que deben seguir los acreedores para cobrar una deuda. Sin embargo, la duda que suelen tener ellos y los propios morosos es ¿Con qué deuda te pueden embargar?. Otras preguntas frecuentes son la cantidad que se puede embargar y los bienes o propiedades que se pueden embargar.
Vamos por partes. Lo primero que debes saber es que La legislación española identifica claramente los bienes que pueden ser embargados. Por otro lado, para que se aplique un embargo, debe existir una autorización judicial que permite el embargo de los bienes del deudor.
si tu tambien te estas preguntando «¿Cómo sé si puedo ser detenido?», es necesario dejar claro que para que esto suceda, es necesario que se den varias circunstancias:
- Que se acredite que existe una deuda.
- Que sentencia del juez establezca el embargo para juzgarla si fuere necesario.
- Que el inmueble pertenezca al deudor y sea enajenable (puede cambiar de dueño).
¿Cuál es la deuda mínima a ser pignorada?
Volviendo a la pregunta original de este artículo, En qué deuda te pueden empeñar No hay monto mínimo para reclamar una prenda. Al contrario de lo que piensa la mayoría de la gente (que debería haber una cantidad mínima), incumplimiento, el acreedor puede reclamar solicitar el embargo de sus bienes. Otra cosa es que, por el importe de la deuda o por el hecho de que haya otros que vayan a cobrar antes que él (por ejemplo, el banco), el acreedor debe analizar si merece la pena iniciar el trámite de ingreso (ya que tiene una tasa ).
Entonces, si te preguntas ‘¿cómo sé si puedo ser aprehendido?’, la respuesta es muy simple: sí. dejaste de pagar y tienes propiedad aprehensible, puede ser embargado.
¿De qué deuda puede ser embargado? No hay cantidad mínima. Basta que tenga una suma impaga y un bien embargable.
Sin embargo, y como ya se mencionó, no todos los bienes están sujetos a embargo. La ley establece cuáles son y en qué orden deben ser embargados..
Relación y orden de los bienes embargables
Como regla general, en un embargo, los bienes que son más fácil de vender y al mismo tiempo hace el menor daño posible para el ejecutante. Por su parte, el artículo 584 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prohíbe el embargo de bienes cuyo valor exceda la deuda cuya ejecución se ha solicitado, aunque hay una excepción: si se demuestra que el deudor sólo tiene los bienes más valiosos.
“Ningún bien cuyo valor previsible exceda del valor por el cual se emitió la ejecución puede ser pignorado, a menos que en los bienes del deudor sólo existan bienes por valor superior a estas nociones y la condición de estos bienes sea necesaria para los efectos de la ejecución. .
Artículo 584 del Código de Procedimiento Civil.
también hay activos considerados esquivos. Son los que considera imprescindibles en su vida: los muebles y menaje de su casa, los objetos que necesita para realizar su trabajo (herramientas) o los bienes destinados al culto religioso.
Si no se pueden cumplir los criterios antes mencionados (elegir los bienes que son más fáciles de vender y que causan el menor daño al deudor), es el Dondeprescripción en el momento de la incautación:
- Moneda y cuentas corrientes.
- Créditos y derechos realizables a la vista oa corto plazo, títulos valores u otros instrumentos financieros.
- Joyas y obras de arte.
- Renta en efectivo.
- Intereses, rentas y frutos de todas clases.
- Los bienes muebles, acciones, bonos o valores que no admitan cotización oficial y participación social.
- Bienes Raíces (en este otro post te informamos cuando se puede empeñar una casa hipotecada).
- Sueldos, salarios, pensiones e ingresos de actividades profesionales y comerciales independientes.
- Créditos, derechos y cantidades realizables a medio y largo plazo.
- Embargo comercial.
El el empleado es responsable de la suficiencia embargo (a menos que el acreedor y el deudor acuerden otra cosa). Por otro lado, una vez embargados, los bienes deben ser convertidos a un valor comparable a la deuda reclamada. eso es lo que llamamos procedimiento de ejecución.
También es importante que sepas que si tienes dinero en más de una de las categorías que se pueden ingresar, se acumularán todo para que pagues tu deuda de una sola vez. Y que si estás casado en comunidad de bienes, también pueden exigir el pago de tu deuda a tu cónyuge.
¿Cuánto se puede poner en una cuenta?
Como puede ver, su dinero es lo primero que buscarán para la recuperación. Ahora que ya sabes a qué deuda te pueden embargar -cualquiera-, la siguiente pregunta es contracuanto se puede depositar en una cuenta bancaria.
Como ya mencionamos, el escribano es quien decide sobre las mercancías a embargar teniendo en cuenta «la mayor facilidad disponible y el menor costo para el ejecutado». Vamos, lo que es más fácil de ejecutar (el dinero) y lo que menos perjudica al deudor.
Sin embargo, la ley también establece límites cuando se trata de confiscar el dinero de un deudor. ¿Cuándo no se puede pignorar una cuenta corriente? Cuando el privilegio impide esta cuenta deja de funcionar normalmente. Es decir, siempre debe haber saldo disponible para realizar las operaciones habituales (pago de recibos, etc.).
Por lo tanto, la respuesta a la cantidad que se puede prometer de una cuenta es todo lo que se necesita, siempre que esa cuenta puede continuar operando normalmente y/o no ingresa dígitos rojos.
¿Cuánto te pueden embargar de tu nómina o de tu pensión?
La nómina no está entre las primeras cosas incautadas, pero si el resto de sus activos no cubren su deuda, podrían recurrir a ella (o en la pensión, en su caso).
Eso sí, no está permitido embargar la totalidad del salario o pensión porque es un ingreso necesario. ¿Cuánto se puede embargar de su nómina? El límite es el salario mínimo interprofesional (950 euros), por lo que El embargo sólo se puede aplicar a la porción de la nómina que exceda este salario mínimo.
En esos casos, Tampoco se embargará la totalidad de la nómina o pensión más allá de estos 950 euros, pero un porcentaje creciente a medida que aumentan los ingresos. R) Sí,
Tal como lo establece el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, “los sueldos, salarios, salarios, remuneraciones o pensiones superiores al salario mínimo interprofesional son entrada de acuerdo con esta escala:
- Por la primera cuantía adicional hasta el doble del salario mínimo interprofesional (entre 950 y 1.900 euros): 30%.
- Por el monto adicional hasta el equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional: 50%.
- Por el monto adicional hasta el equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional: 60%.
- Por el monto adicional hasta el equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional: 75%.
- Para cualquier valor superior al valor anterior: 90%.
YEstos porcentajes se pueden reducir entre un 10% y un 15% en función de los gastos familiares que pueda justificar el deudor, según explican en Gedesco.
Resumen de la pregunta inicial de que deuda te pueden embargar, la has visto NoHay una deuda mínima para iniciar el proceso. Sus acreedores pueden reclamar cualquier deuda, por pequeña que sea, y será el juez quien decidirá si concede o no el embargo. Corresponderá al registrador ajustar este embargo, y procurará siempre elegir los bienes que sean “más fáciles de disponer y menos costosos para el ejecutado”. Aunque no es el primero, ambos se pueden ingresar salarios y pensiones, pero nunca en su totalidad.